Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas emprendedoras, que reúnan los siguientes requisitos en el momento de iniciar el proceso acompañamiento y de presentar la solicitud de subvención:
a) Estar desempleada e inscritas como demandantes de empleo en el servicio público correspondiente. A estos efectos, se considerará como desempleada cuando esté trabajando con un contrato a tiempo parcial con una jornada de trabajo no superior al 30%.
b) No haberse encontrado de alta en el IAE, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el año anterior.
c) Estar incluida en un proceso de asesoramiento y apoyo al emprendizaje propio de Behargintza Leioa.
Además, como requisitos propios de cada línea subvencional:
CAPITULO I: AYUDAS AL DESARROLLO DE UNA IDEA EMPRESARIAL
- Contar con una idea para el desarrollo de un proyecto de empresa o de negocio en cualquier rama de actividad.
- No haber sido beneficiaria de las ayudas al desarrollo de una idea empresarial o para la puesta en marcha de nuevas actividades empresariales contempladas en las convocatorias de apoyo a personas emprendedoras gestionadas por Lanbide- Servicio Vasco de Empleo en convocatorias anteriores.
CAPITULO II: AYUDAS DIRIGIDAS A IMPULSAR LA PUESTA EN MARCHA DE NUEVAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES
- Disponer de un plan de viabilidad empresarial para la implantación de una nueva empresa o negocio, que será validado en la fase de acompañamiento por Behargintza Leioa.
- La actividad empresarial deberá tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco y el centro de trabajo deberá estar radicado en la misma.
- No haber sido beneficiaria de ninguna de las ayudas para la puesta en marcha de una nueva actividad, contempladas en las convocatorias de apoyo a personas emprendedoras gestionadas por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en convocatorias anteriores.