Convocatoria excepcional de estabilización de empleo derivado de las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la ley 20/2021,correspondiente a la subescala de gestión de la escala de administración general, plaza: Técnico de Modernización y Calidad

Convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración derivado de las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la ley 20/2021, correspondiente a la subescala de gestión de la escala de administración general, plaza: Técnico de Modernización y Calidad
Se convocan 1 plaza de la subescala de gestión de la Escala de Administración General (plaza: Técnico de Modernización y Calidad), adscrita al grupo A, subgrupo A2, por el turno libre

El sistema de selección será el de concurso.
Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2 de las bases generales.
En relación a lo dispuesto en el apartado 2. h) de las bases generales, se exige la titulación universitaria de Grado o equivalente.
Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
1.-  En los puestos de trabajo asociados a las plazas objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión los perfiles lingüísticos de euskera 3. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.
2.- Asimismo, determinados puestos de trabajo asociados a las plazas objeto de esta convocatoria pueden tener asignados los siguientes requisitos específicos: no procede
Los requisitos citados deberán ser acreditados de conformidad con lo establecido en la base 2 y 8 de las bases generales.

Deberán presentarse en el plazo de veinte (20) días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias se ajustarán según impreso publicado en la ficha de la convocatoria en la sede electrónica de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015 y se deberán formalizar con el pago de la tasa, salvo exenciones, de acuerdo con la Ordenanza reguladora de tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades, epígrafe 24 del anexo, derechos de examen.
Además de lo anterior también se dispondrá de un modelo oficial y normalizado que se incluye como Anexo I y que se encuentra disponible en la página web del Ayuntamiento (oferta de empleo público)
A la instancia se acompañará:
a) El “Certificado de datos para la estabilización” expedido por el Departamento de RRHH, y que cada aspirante podrá obtenerlo en su Registro Personal, en el que se incluirá la información relativa a la experiencia, datos académicos, etc. del empleado/a.
No obstante, cualquier requisito no incluido en dicho certificado deberá constar y se deberá aportar junto con la instancia, ya que de lo contrario no se podrá participar en el proceso selectivo en el caso de falta del mismo. En el supuesto de méritos, de igual modo deberán alegarse y aportarse en la instancia a través del formulario de Auto – Valoración (Anexo III) aquellos que no aparezcan en dicho Certificado, ya que, en caso contrario, no podrán ser valorados de acuerdo con lo dispuesto en la base octava.
b) El título o documentación acreditativa de estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, así como aquellos otros exigidos en las Bases Específicas de la convocatoria.
c) Formulario de Auto-Valoración (Anexo III) correctamente relleno y debidamente firmado y copia de los documentos justificativos ordenados según aparezcan en el formulario de auto–valoración.  El formulario deberá ser cumplimentado por todas las personas aspirantes, incluidas las que aporten el “Certificado de datos para la estabilización.

Las solicitudes junto con la documentación requerida se podrán presentar por comparecencia en los siguientes lugares: 
a)    Solicitud electrónica en sede electrónica:
En caso de optar por la presentación electrónica deberá disponer de un medio de identificación y firma electrónica admitidos en la sede https://udaletxean.leioa.eus/

b)Solicitud presencial
En la oficina de registro y atención ciudadana del Ayuntamiento, sita en Elexalde n1, 48940 Leioa. 

Podrán también presentarse en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de obligados legales a relacionarse electrónicamente con la administración, la presentación se hará en Sede Electrónica.

Recursos Humanos

No procede

- Bases generales reguladoras de los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal derivados de la disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la ley 20/2021, de 28 de diciembre

- Bases específicas de la convocatoria del proceso de la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración derivado de las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la ley 20/2021, correspondiente a la subescala de gestión de la escala de administración general, plaza: Técnico de Modernización y Calidad 

- Publicación Boletín Oficial de Bizkaia (Texto integro)

El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal de plazas del subgrupo A2 es: 29,37€
La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación y el ingreso se podrá realizar a través de cualquiera de las entidades colaboradoras, en los términos establecidos en Ordenanza reguladora de tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades, epígrafe 24 del anexo. El abono se realizará en el nº de cuenta ES46 2095 0048 2091 1332 7584 del Ayuntamiento de Leioa,  indicando en el Concepto:  nombre y dos apellidos del aspirante
Del presente proceso selectivo no se creará bolsa de empleo.

Presentación de Documentación
Si tenemos los documentos ya en el ayuntamiento de Leioa, no es necesario volverlos a presentar, basta con dejar constancia de la fecha en que fueron entregados.
El Ayuntamiento va a realizar las consultas necesarias mediante los sistemas de Intermediación de datos disponibles para obtener éstos. Todo ello en base al artículo 28 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común que reconoce el derecho de la ciudadanía a no aportar los documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración)
Solo deberán aportarse aquellos que no sean interoperables, salvo que no haya habilitación legal o se oponga la persona interesada a ello.
Declaración responsable (Anexo II)

Formulario Autoevaluación (Anexo III)

Solicitud (Anexo I)

Documentacion requerida
- Solicitud
- Declaración Responsable (Anexo II)
- Formulario de autoevaluación (Anexo III)