Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas emprendedoras, que reúnan los siguientes requisitos en el momento de iniciar el proceso acompañamiento y de presentar la solicitud de subvención:
a) Estar empadronada y tener residencia efectiva en el municipio de Leioa a la fecha de la publicación de las presentes bases y, al menos, hasta la finalización del proceso de acompañamiento.
El requisito de empadronamiento y residencia efectiva en el municipio de Leioa no será obligatorio si la ubicación prevista de la actividad se establece en Leioa. En este supuesto, la persona deberá estar empadronada y tener residencia efectiva en la Comunidad Autónoma del País Vasco desde la fecha de la publicación de las bases y, al menos, hasta la finalización del proceso de asesoramiento.
b) Estar desempleada e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide- Servicio Vasco de Empleo. A estos efectos, se considerará como desempleada cuando esté trabajando con un contrato a tiempo parcial con una jornada de trabajo no superior al 30%.
c) No haberse encontrado de alta en el IAE, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el año anterior.
d) Estar incluida en un proceso de asesoramiento y apoyo al emprendizaje propio de Behargintza Leioa.
Además, como requisitos propios de cada línea subvencional:
CAPITULO I: AYUDAS AL DESARROLLO DE UNA IDEA EMPRESARIAL
- Contar con una idea para el desarrollo de un proyecto de empresa o de negocio en cualquier rama de actividad.
- No haber sido beneficiaria de las ayudas al desarrollo de una idea empresarial o para la puesta en marcha de nuevas actividades empresariales contempladas en las convocatorias de apoyo a personas emprendedoras gestionadas por Lanbide- Servicio Vasco de Empleo en convocatorias anteriores.
CAPITULO II: AYUDAS DIRIGIDAS A IMPULSAR LA PUESTA EN MARCHA DE NUEVAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES
- Disponer de un plan de viabilidad empresarial para la implantación de una nueva empresa o negocio, que será validado en la fase de acompañamiento por Behargintza Leioa.
- La actividad empresarial deberá tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco y el centro de trabajo deberá estar radicado en la misma.
- No haber sido beneficiaria de ninguna de las ayudas para la puesta en marcha de una nueva actividad, contempladas en las convocatorias de apoyo a personas emprendedoras gestionadas por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en convocatorias anteriores.