Subvenciones de carácter ordinario para apoyar el establecimiento y consolidación de empresas ubicadas en el municipio de Leioa: "LEIOAN ERROTZEN" durante el ejercicio 2025
ÁREA DE EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, COMERCIO Y TURISMO
Los proyectos deberán cumplir además las siguientes condiciones:- Deben ejecutarse entre el uno de enero y el treinta de septiembre de 2025.- El importe mínimo de inversión en el proyecto se establece en mil euros (IVA no incluido).Los proyectos ejecutados deberán cumplir alguna de las siguientes finalidades:1. Proyectos de establecimiento en locales del municipio de Leioa: Adecuación, fachadas y cierres, mejora de la accesibilidad, gastos de alquiler, mobiliario, equipamiento, digitalización, etc. siempre que la finalidad sea la atención directa al público o potencial clientela. 2. Proyectos de renovación: innovación en producción, clientela, personas, ámbito económico-financiero, procesos administrativos, nuevos mercados, producto y/o logística, o impacto en líneas transversales: promoción del euskera, sostenibilidad, igualdad, mejora de la accesibilidad e integración de colectivos vulnerables, etc.Se establece una ayuda a fondo perdido del 50% del total subvencionable, con un importe máximo de 6.000 € (seis mil euros) por establecimiento.El importe mínimo de inversión por proyecto para poder acceder a la subvención se establece en 1.000 € (mil euros) IVA no incluido.En el caso de personas físicas o jurídicas que sean titulares de una o de varias actividades que se desarrollan en varios establecimientos, podrán presentar una solicitud por cada establecimiento para el que deseen obtener ayudas. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓNSi tenemos los documentos ya en el ayuntamiento de Leioa, no es necesario volverlos a presentar, basta con dejar constancia de la fecha en que fueron entregados.El Ayuntamiento va a realizar las consultas necesarias mediante los sistemas de Intermediación de datos disponibles para obtener éstos. Todo ello en base al artículo 28 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común que reconoce el derecho de la ciudadanía a no aportar los documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración)Solo deberán aportarse aquellos que no sean interoperables, salvo que no haya habilitación legal o se oponga la persona interesada a ello.Más información:www.behargintzaleioa.net behargintza@leioa.eusBehargintza Leioa: 94.400.41.95